Ecosistema Digital por Carlos Miguel Ramos Linares
En una anterior entrega recordamos el fallido sistema implementado en el gobierno de Felipe Calderón y su versión de Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANUT) denominado Registro Nacional de Usuarios de Telecomunicaciones (RENUT). Programa que apenas duró tres años debido a su vulnerabilidad en la base de datos que quedó expuesta al mercado negro por 500 pesitos.
Este lunes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la creación del PANUT que pretendía obligar a unos 122 millones de usuarios de teléfonos celulares compartir información biométrica como: huellas dactilares, iris de los ojos, facciones del rostro, tono de voz y firma al Instituto Federal de Telecomunicaciones y, por su puesto; a la propia compañía telefónica.
Con el PANUT se “impone una afectación a los Derechos Humanos a la privacidad, intimidad y protección de datos personales y sensibles que no resulta razonable ni justificada”, señaló la ministra Norma Lucía Piña en su intervención.
Recordemos que la propuesta de la creación del PANUT nace del pretexto para frenar los delitos de extorsión y secuestro a partir del uso de los celulares. Sin embargo, el presidente ministro Arturo Zaldívar consideró absurdo que “una persona que tenga un celular va a generar una extorsión con su propio celular que está a su nombre y máximo si tiene sus datos biométricos (…) las extorsiones nunca se realizan a partir de los teléfonos que tiene a su nombre el extorsionador”, argumento que desde su propuesta, activistas sociales digitales expusieron al Congreso con las reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones.
Desde el 2020, el activismo digital en Puebla socializó los riesgos que representaba el PANAUT en voz de diversos colectivos, pero principalmente el de la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D), una organización dedicada precisamente a la defensa de los derechos humanos en el entorno sociodigital.
R3D logró impulsar más de 15 mil demandas de amparo generadas en la plataforma noalpadron.mx y al menos tres mil fueron presentadas en tribunales contra la reforma a la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 16 de abril y que entrara en vigor un día después.
Sin duda, la entrega de datos personales y biométricos viola los derechos de al menos el 75% de la población en México que tiene un teléfono móvil y transgrede el artículo 6 de nuestra Constitución, así como ignora los principios de convenios internacionales, por ejemplo de la convención 108 del “Council of Europe”.
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Carlos Miguel Ramos Linares
@cm_ramoslinares