Inhibe la pandemia el acceso a la justicia y vulnera los derechos sociales: Académicos

Inhibe la pandemia el acceso a la justicia y vulnera los derechos sociales: Académicos
Parabólica.Mx

Las ciencias jurídicas se encuentran en un momento de transición hacia instrumentos y sistemas alternativos para proteger las garantías individuales y el Estado de derecho

La fragilidad frente a la incertidumbre develada por la COVID se presenta como una de las mayores debilidades de la humanidad. La urgencia y la gravedad de la situación constituirá uno de los grandes retos a afrontar por todos los operadores jurídicos para dar certeza a los derechos de las personas y equilibrar los poderes públicos bajo un marco de Estado de derecho.

Como parte de la semana legal de la IBERO Puebla, juristas de amplia trayectoria reflexionaron sobre la inaccesibilidad a los derechos sociales y las restricciones al margen de la ley para contener los tiempos convulsos. En este transitar pandémico, una de las instituciones más afectadas ha sido la familia, especialmente mujeres, niñxs, adultos mayores y personas con discapacidad.

Las constituciones modernas han puesto en debate los límites de las acciones estatales para gestionar situaciones de emergencia. “No existe un modelo único para hacer frente a estas situaciones. Se debe discutir cómo evitar que las medidas extraordinarias se normalicen”, explicó el Dr. Juan Luis González Alcántara Carrancá, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

En la Constitución Mexicana, el artículo 29°faculta al Poder Ejecutivo para restringir las garantías individuales en situaciones extraordinarias. Esto explica, entre otras cosas, que la SEP suspendiera actividades quince días antes de la declaración de emergencia por parte del Consejo de Salubridad General. Advirtió el ministro: “cualquier restricción a los derechos humanos que derive de la emergencia sanitaria debe estar prescrita por ley”.

A ese contexto se enfrenta la familia, una entidad reconocida como realidad social cambiante gracias al desprendimiento de los estereotipos de género y la inclusión de las disidencias sexuales y de género. La protección a sus derechos humanos, aun en un estado de emergencia, debe contemplar todas sus posibilidades y expresiones.

La principal interrogante es cómo se puede determinar si las medidas sanitarias son idóneas para abordar la situación y si son consecuentes con los mecanismos constitucionales desarrollados para garantizar el goce real y efectivo del derecho a la protección de la familia. La búsqueda del balance entre los intereses personales y los de la colectividad, concluyó González Alcántara Carrancá, no permiten realizar juicios tajantes.