Los ayuntamientos que así lo deseen pueden incluirlo en sus leyes de ingresos
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó constitucional el cobro del Derecho de Alumbrado Público (DAP) en Puebla, esto en respuesta a la acción de inconstitucionalidad que interpuso la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
La ministra Yasmín Esquivel Mossa leyó el dictamen ante el pleno de la SCJN el que fue aprobado por mayoría, esto significa que los ayuntamientos que así lo deseen pueden incluir el cobro del DAP en sus leyes de ingresos, para que a su vez el Congreso del Estado lo debata y en su caso lo apruebe.
En entrevista por separado, después del fallo de la SCJN, el presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación, Sergio Salomón Céspedes Peregrina refirió que desde el año pasado se explicó que esta situación solo regula el cobro de este derecho, pues ya con anterioridad se cobraba sin estar regulado y solo por convenios entre la Comisión Federal de Electricidad con los municipios.
El legislador local pidió que no se saque raja política del tema, en aras de que el Congreso del Estado, por medio de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal comience a recibir las leyes de ingresos municipales en las que puede estar incluido el cobro del DAP.
Cabe mencionar que, el año pasado se rechazó el cobro del DAP a Puebla capital y a los municipios de la zona metropolitana, sin embargo, se considera que no es inconstitucional.