La sentencia de magistrados se emite a 20 días de que fue la jornada electoral, en la que Claudia Rivera Vivanco resultó perdedora de las elecciones, pues el vencedor en las urnas fue Eduardo Rivera Pérez.
A través de 12 videos que se promocionaron en redes sociales, Claudia Rivera Vivanco, presidenta municipal quien buscó su reelección en la capital poblana incurrió en actos anticipados de campaña, así lo determinaron magistrados de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
En sesión realizada este jueves, los magistrados confirmaron la amonestación pública que magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) impusieron a Rivera Vivanco, a pesar de que la demandante argumento que las publicaciones realizadas fueron antes del inicio de la campaña y de que fueron intrascendentes.
“Respecto de las 12 publicaciones que si son promoción personalizada, fue incorrecto que el Tribunal local determinara que contenían equivalentes funcionales de llamamiento al voto y tuviera por acreditada la infracción, además se considera infundado el agravio respecto a que no se acredite el elemento de los actos anticipados de campaña, pues contrario a lo que sostiene la parte actora, para acreditarlo, basta que las publicaciones se difundan antes del inicio de las campañas y porque el análisis de su impacto y trascendencia corresponden al estudio del elemento subjetivo, máxime que el Tribunal local sí analizo dichas acciones”, se refirió.
La sentencia de magistrados se emite a 20 días de que fue la jornada electoral, en la que Claudia Rivera Vivanco resultó perdedora de las elecciones, pues el vencedor en las urnas fue Eduardo Rivera Pérez.