La Corte aprobó por unanimidad el proyecto de Yasmín Esquivel por el que se rechazó el amparo a la refresquera Desde el Corazón del Fruto.
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó el segundo amparo en contra de los etiquetados frontales de advertencia, en este caso impugnados por la empresa refresquera Desde el Corazón del Fruto, que maneja las marcas Sangría Señorial, Chaparritas, PEP y Barrilitos.
La ministra Yasmín Esquivel Mossa fue la encargada de elaborar el proyecto del amparo en revisión 358/2022, promovido por la empresa en contra de la medida de identificar los productos con sellos octogonales de advertencia, para desincentivar el consumo de productos no saludables, en vigor desde 2020.
El proyecto de la ministra Esquivel Mossa, aprobado por unanimidad, ratificó el criterio aprobado el lunes, con el que se negó el amparo a la productora de lácteos Santa Clara de Pachuca, en el sentido de que es constitucional la reforma a la Ley General de la Salud y la modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-051.
En su impugnación, Desde el Corazón del Fruto manifestó que no existen estudios que concluyan que los edulcorantes puedan provocar daños a la salud de los menores de edad.