Se desvanece cargo vs Eukid

Se desvanece cargo vs Eukid
Jesús Olmos
Eukid Castañón Fiscalía General del Estado Poder Judicial federal

Magistrados determinan que las pruebas desahogadas en el juicio son ineficaces

Eukid N, el operador estrella del difunto Rafael Moreno Valle, libró la imputación del delito de extorsión, principal acusación que llevó a su detención en marzo de 2020.

Durante la sesión de Consejo de la Judicatura Federal del pasado 11 de julio, se determinó que deficiencias en la Fiscalía General del Estado desvanecieron el cargo de extorsión en contra de Eukid N.

En la conferencia se discutió sobre el Amparo directo 112 del 2023 de la Primera Sala del Tribunal Superior de Justicia de Estado que data de 20 de octubre de 2023, en la que se revocó la condenatoria del delito de extorsión del 21 de octubre de 2022.

La Sala erigida como Tribunal Colegiado mencionó que no hubo motivos suficientes para conceder el amparo y las pruebas desahogadas en el juicio son ineficaces para destruir la presunción de inocencia que opera en favor del encausado ex operador morenovallista.

Los miembros del Tribunal señalaron que no existen pruebas fehacientes para determinar que Eukid N realizó las llamadas intimidatorias contra las personas detrás de la acusación en su contra, que la voz contenida en las mistas tenga su identidad y que haya operado o sea propietario del número telefónico del cual se realizaron las llamadas.

La propuesta fue “declarar infundados en parte y parcialmente fundados, pero insuficientes en otra, los conceptos de violación hechos valer por los quejosos, sin que en el caso este Tribunal Colegiado advierta motivo para suplir la deficiencia de sus planteamientos. Lo anterior, porque en esencia, la Sala responsable realizó una inadecuada valoración de las pruebas desahogadas en el juicio, en tanto se extralimitó al exigir requisitos innecesarios para calificar de ilegales las pruebas consistentes en las capturas de pantalla de las llamadas realizadas por el activo, así como las grabaciones en un sistema de almacenamiento de USB, relativos a las 5 llamadas realizadas por el tercero interesado a los agraviados“.

La magistrada Alejandra Jarquín, el magistrado Martín Ubaldo Mariscal y el ponente el Magistrado Alejandro Zúñiga, votaron por unanimidad la aprobación del proyecto y negaron el amparo a los denunciantes.