Piso 17 escribe Álvaro Ramírez Velasco
“Hasta”, “al menos”, “un mínimo de”, “paridad”, “acceso igualitario”, “acción afirmativa”, son algunas palabras y frases que pueden entrañar un complejo sistema de trampas o, al menos interpretaciones, que permitan a los dirigentes partidistas imposiciones o caprichos en la definición de las candidaturas.
La lexicología electoral, que se utiliza en las normas, acuerdos de las autoridades o en la redacción de los documentos básicos de los partidos, pueden ser utilizados como un atajo a modo, sin que casi nada se pueda hacer.
Vamos a poner dos ejemplos específicos sobre Puebla y sus hipótesis respecto de la definición de la candidatura del Movimiento Regeneración Nacional (Morena) a la gubernatura en 2024.
Se sabe muy bien que no hay todavía una definición respecto del género que encabezará la candidatura al gobierno del estado y que se prevé que ese tema se resolverá en diciembre.
Veamos, de acuerdo con la resolución SUP-RAP-116/2020 del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que estableció la obligación de los partidos de postular a mujeres, en “al menos” (mucho ojo con esa frase), la mitad de las candidaturas a los gobiernos de los estados, puede tener muchos filos.
Dice “al menos”, pero en 2021 -año electoral al que se refería específicamente la resolución- las gubernaturas en juego fueron número impar: 15. Los números impares no tienen mitad exacta, por supuesto.
Luego entonces, ese “al menos”, debió referirse a siete, indispensablemente, que se traduce en otra frase que utilizan las autoridades: “un mínimo de”.
En 2024 -veamos ahora el caso poblano-, las gubernaturas en juego serán nueve y entre los estados que elegirán gubernatura está Puebla. No hay mitad exacta.
Se han sacado cuentas e hipótesis bajo el supuesto de que cinco postulaciones deberán ser para mujeres. Cinco.
¿Por qué? Por la famosa “acción afirmativa” que privilegia al grupo históricamente relegado, en este caso el femenino.
Pero el resolutivo en que se basa todo el tema de la paridad de género, no estableció nunca que deba considerarse la “acción afirmativa”.
Luego entonces, mucho ojo, con postular en 2024, Morena y todos los partidos o coaliciones, a cuatro mujeres, cumpliría con suficiencia esa obligación, así como con el “al menos” y el “un mínimo de”. No hay por qué sufrir de más ni quebrarse la cabeza.
Pero ahí no acaba el problema, porque la paridad de género no garantiza el “acceso igualitario”, porque son cosas distintas. El primero habla estrictamente de las candidaturas y el segundo de asegurar que las mujeres lleguen y ocupen las mismas oportunidades y cargos que los hombres.
Veamos, el Instituto Nacional Electoral (INE) aún no emite un resolutivo al respecto de las nueve gubernaturas en juego en 2024, que podría ser impugnado y llegar hasta el TEPJF, que emitiría el propio.
¿Qué pasaría si el INE y el TEPJF se ponen estrictos y, además de paridad, ponen la obligación de “acceso igualitario”? Sencillo, en los estados en que un partido postuló a hombre en 2018, ahora debería postular mujer, y viceversa.
Vayamos a otro brete que se asoma, específicamente en la interna de Morena. Ese partido, en sus estatutos, establece que la encuesta es el método para seleccionar candidatos de elección directa. Para el caso de los de representación proporcional (plurinominales) está también la tómbola.
Bien, en el caso de las encuestas a las gubernaturas, los documentos de Morena dicen que se pueden medir hasta (ojo con la preposición) cinco candidatos.
“Hasta” no quiere decir que cinco indispensablemente; “hasta” quiere decir que es el límite de participantes, no el mínimo.
¿Se imagina cinco contendientes en Puebla? El apoyo es muy posible que se atomizara, se fracturara entre tantos, con consecuencias imprevisibles, pero a la vez la posibilidad de que uno de los cinco sea el gran beneficiado con esa pulverización de las simpatías.
Las palabras llevan un filo doble y la verdad es que, en muchos sentidos, en Puebla nada, pero nada, está escrito todavía.