Los ministros consideraron que el artículo 142, de la Ley de Instituciones de Crédito vulnera el derecho a la vida privada
La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró este miércoles inconstitucional la facultad de la Fiscalía General de la República (FGR) para acceder a información bancaria y financiera sin autorización previa de un juez.
Y es que cuatro de los cinco ministros consideraron que el artículo 142, fracción I, de la Ley de Instituciones de Crédito vulnera el derecho a la vida privada, por lo que prohibió que el Ministerio Público obligue a los bancos a entregar dicha información sin control judicial durante la investigación de un presunto delito.
“La Primera Sala consideró que si bien el derecho a la privacidad, en la vertiente de protección del secreto bancario, no es irrestricto y admite excepciones, para los fines de una investigación penal es necesaria la intervención judicial”, señaló el proyecto de la ministra Margarita Ríos Farjat.
El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo fue el único que votó en contra.