Aprueba diputados sanciones para funcionarios omisos en vigilancia de venta de alcohol

Aprueba diputados sanciones para funcionarios omisos en vigilancia de venta de alcohol
Parabólica.Mx

Como parte del orden del día, el Pleno avaló reformas para regular los procesos de entrega-recepción y modificaciones a las Leyes de Ingresos Municipales

Por unanimidad, el Pleno de la LXI Legislatura del Congreso del Estado aprobó sanciones para las personas servidoras públicas que sean omisas en la vigilancia de establecimientos de venta de alcohol, esto, mediante reformas al primer y segundo párrafo del artículo 199 Sexies, así como la adición de un cuarto párrafo al mismo artículo del Código Penal.

Como parte de las modificaciones, se estableció en el primer y segundo párrafo del artículo 199 Sexies que se sancionará a las personas que distribuyan bebidas alcohólicas sin licencia o el permiso correspondiente, otorgado por las autoridades competentes, con las penas ya indicadas en este numeral.

En tanto, con la adición al cuarto párrafo se establece que se sancionará con tres meses a tres años de prisión y multa de 50 a 500 Unidades de Medida y Actualización a la persona funcionaria pública que, obligada por Ley a vigilar el cumplimiento de las disposiciones normativas en los comercios de venta de bebidas alcohólicas y que, por su omisión o ausencia de respuesta a los reportes hechos por los ciudadanos de la existencia de presuntos comercios sin la autorización legal, omita la exigencia de los requisitos.

Durante su intervención, el diputado promovente de la iniciativa, Eduardo Alcántara Montiel expresó que con estas reformas se pretende que las autoridades responsables de vigilar el cumplimiento de los permisos de venta de bebidas alcohólicas sean corresponsables por la vía administrativa y, al mismo tiempo, haya una consecuencia penal para las personas funcionarias omisas que permitan la venta ilegal; el propósito es llamar al orden y legalidad.
En otro punto del orden del día en sesión ordinaria, las diputadas y diputados aprobaron el dictamen a través del cual se adicionan las fracciones XXIV Bis y XXIV Ter al artículo 380 del Código Penal, para establecer una agravante en el delito de robo.

Se considerará así cuando se trate de un vehículo no motorizado o motorizado, cuyo motor sea de baja potencia no susceptible de alcanzar velocidades mayores a 25 kilómetros por hora para el desplazamiento de una persona que, por sus condiciones de salud o física, le sea indispensable para movilizarse; lo mismo aplicará cuando la víctima lo utilice como medio de transporte o herramienta de trabajo.

Al respecto, la diputada promovente de la iniciativa, Guadalupe Leal Rodríguez señaló que con la aprobación de este dictamen se avanza en materia de movilidad y se reconoce a la bicicleta como medio de transporte, ya no sólo como un objeto para la recreación.

CON LA APROBACIÓN DE REFORMAS, REGULARÁN PROCESOS DE ENTREGA-RECEPCIÓN
En tanto, las y los diputados aprobaron reformas a la Ley que Establece los Procedimientos de Entrega-Recepción en los Poderes Públicos, Ayuntamientos, Órganos Constitucionalmente Autónomos y Públicos Paraestatales de la Administración Pública del Estado de Puebla, el objetivo es regular la transición y garantizar transparencia en los gastos ejercidos para este fin.

La diputada Jocelyn Olivares López explicó que con estas reformas se fortalecerán los procesos de entrega-recepción, además, se incorporará el concepto de transición, un término que se usa con frecuencia cuando al término de una administración se celebran reuniones entre los gobiernos entrantes y salientes. Mencionó que en el dictamen se establece que las administraciones deben proyectar los recursos a destinar para estos procesos.

Como parte del orden del día, el Pleno de la LXI Legislatura avaló el dictamen por el que se adiciona la fracción V al artículo 42 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, a fin de establecer dentro de las causas de suspensión temporal, sin responsabilidad para el Estado, cuando el trabajador cometa actos de hostigamiento o acoso sexual contra cualquier persona en el establecimiento o lugar de trabajo.

En su intervención, el diputado promovente de la iniciativa, Rafael Micalco Méndez explicó que con el dictamen se especifica cuál es el castigo a quienes cometen hostigamiento y acoso sexual, con la pérdida del espacio laboral, siempre y cuando se demuestre que se cometió este delito.

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