Aprueban Con mayoría morenista y abstención de MC
Con 34 votos a favor, seis en contra y una abstención, el Congreso del Estado de Puebla aprobó la modificación a la Ley de Ciberasedio, la cual excluye de ser denunciadas las críticas hacia funcionarios públicos, en un intento por garantizar la libertad de expresión.
La iniciativa, presentada este 10 de julio por la Junta de Gobierno y Coordinación Política (Jugocopo), reforma el artículo 480 del Código Penal estatal, tras una extensa discusión de casi cuatro horas.
Durante el debate, la diputada del PRI, Delfina Pozos Vergara, cuestionó la eficacia de la reforma para atender de fondo la problemática del acoso digital. Además, criticó a Movimiento Ciudadano (MC) por abstenerse de votar y respaldar, según dijo, al oficialismo. “Es contradictorio decir que se pone primero al pueblo y luego intentar callar al pueblo”, reprochó.
En respuesta, la diputada de MC, Fedrha Suriano Corrales, defendió la propuesta señalando que representa un avance, aunque justificó su voto en abstención al considerar que la redacción del artículo es ambigua y podría dejarse a interpretación de los jueces. Aseguró que su bancada seguirá trabajando para proteger especialmente a menores de edad vulnerables en redes sociales.
Por su parte, la diputada panista Susana Riestra también expresó su inconformidad al advertir que la reforma no garantiza plenamente la libertad de expresión y solicitó excluir la denuncia pública entre particulares, para no perjudicar a víctimas que exhiben a sus agresores en redes sociales.
En defensa de la contrarreforma, la presidenta del Congreso, Laura Artemisa García Chávez, afirmó que el nuevo dictamen es producto de foros y propuestas ciudadanas, y busca evitar interpretaciones erróneas de la ley. “No hay censura ni cerrazón, el Congreso está del lado de la ciudadanía”, enfatizó.
*¿Qué establece la reforma?*
●Se considera ciberasedio a quien de forma reiterada o sistemática vigile, hostigue, intimide u ofenda a otra persona, afectando su vida cotidiana o privacidad.
●Se reduce la pena mínima de 11 a 6 meses de prisión.
●Se excluyen las críticas relacionadas con un interés público o dirigidas a servidores públicos.
●Las autoridades deberán analizar el contexto de las publicaciones.
●Las agresiones contra menores de edad se investigarán de oficio.
*¿Por qué se modificó?*
La reforma responde a los señalamientos de organismos como la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y de la presidenta Claudia Sheinbaum, quienes advirtieron posibles afectaciones a la libertad de expresión en la versión original de la ley. Incluso se promovieron acciones legales para invalidar dicha normativa.
De acuerdo con el Congreso, la nueva redacción clarifica los verbos rectores del delito para definirlo como un delito de resultado, lo que implica acreditar una afectación real. Además, enfatiza que no se busca censurar ni perseguir la crítica legítima o el periodismo dentro de los parámetros legales y constitucionales.
Con esta contrarreforma, la mayoría legislativa refrendó su compromiso de garantizar la libertad de expresión sin dejar de atender un problema real y creciente como los delitos digitales.